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Europa: ¿Debe la Unión Europea prohibir la publicidad sexista

 

Fecha: 19 de Abril de 2017
Publicado en: elmundo.es
Autoría: Noa de la Torre

 

Mujeres ligeras de ropa para vender cemento. ¿Es o no legal? Y, sobre todo, ¿qué puede hacerse contra esta publicidad sexista? El caso de Cementos La Unión saltó al foco mediático gracias a una investigadora valenciana que, tras la demanda que interpuso el Instituto de la Mujer de Madrid en los tribunales, solicitó la personación en el procedimiento de la Generalitat y de asociaciones de mujeres y consumidores. Inés Pérez Marín es la responsable del proyecto Siamura, una especie de networking para el estudio de la utilización de la imagen de la mujer en la publicidad y que «potencia que se vayan presentando demandas en los juzgados para crear jurisprudencia sobre la materia, que todavía no existe».

Así lo explica la propia experta, quien recientemente presentó en el Parlamento Europeo -en una jornada organizada por el grupo parlamentario verde Alianza Libre Europea, donde está Compromís- esta herramienta de trabajo surgida de su propia tesis doctoral. El objetivo, «promover una directiva europea específica sobre la publicidad sexista» porque «todo no vale para vender», en palabras de Pérez Marín. «Cuando inicié la investigación observé que la norma reguladora de la publicidad sexista, la Ley General de Publicidad, apenas se aplicaba en los casos de publicidad discriminatoria o sexista. A pesar de darse abundantes casos en el día a día, estos no eran llevados ante los tribunales por los sujetos legitimados», insiste. Y en el ámbito europeo, además, han fracasado hasta la fecha los intentos por sacar una norma armonizadora.

En su opinión, la publicidad sexista «atenta contra la dignidad de las mujeres al ser cosificadas e hipersexualizadas». El riesgo de estos anuncios, insiste, es que «siguen utilizando estereotipos que presentan a las mujeres en muchas ocasiones de manera vejatoria y fomentan las actitudes discriminatorias, lo que hace más difícil el camino hacia la igualdad real y efectiva de mujeres y hombres».

«Es cierto que la impronta de la publicidad se justifica por el acto de consumo, pero no es menos cierto que, junto a esta función económica, la publicidad posee un gran poder para cambiar costumbres y crear estilos de vida», subraya la investigadora.

De ahí la labor de Siamura, que comenzó en 2013 su andadura en la práctica con el caso de las azafatas de Ryanair. A la falta de una normativa homogénea -en la mayoría de países europeos rige la autorregulación y la directiva que existe sobre servicios de comunicación audiovisual es «limitada y ambigua»-, se suma la dificultad que tienen, por ejemplo, las asociaciones de mujeres para asumir las costas procesales. Y todo ello sin olvidar la no menos complicada tarea de encontrar financiación para mantener actualizada la red de Siamura, según Pérez Marín. Pero la batalla contra la publicidad sexista viene de lejos: el primer caso por el que una empresa juguetera (Feber) fue condenada data de 1992. Y lo fue por emitir mensajes diferentes para niños y niñas.

 

Noticia original y completa en:

http://www.elmundo.es/comunidadvalenciana/2017/04/19/58f65752268e3e50388b45d0.html

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Tipo de noticia
Noticias internacionales