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Sanción a un laboratorio por publicidad sexista y deberá pagar una multa de 4 millones

Fecha: 28 julio 2021
Publicado en:  Mundo Poder Noticias
Autoría:  Mundo Poder Noticias

 

La Secretaría de Comercio Interior multó por 4 millones de pesos al laboratorio Elea, que produce el laxante Agarol Pür, por publicidad sexista. En el comercial mencionan la “panza chata” como uno de sus beneficios y lo asocia con lo saludable cuando no necesariamente es así. Tras analizar la pieza publicitaria difundida en medios de comunicación tradicionales y redes sociales, el área de Gobierno denunció que el mismo incurre en infracciones a varios artículos de la Ley de Defensa del Consumidor. 

En primer lugar, plantearon que se le otorga al producto medicinal propiedades tendientes a modificar la apariencia física cuando, según su prospecto, está destinado a contrarrestar la constipación ocasional. “Esto induce al error de las y los consumidores que pueden comprar el producto sin información veraz para lograr resultados diferentes a los reales”, precisaron.

Cabe destacar que la pieza publicitaria de Agarol Pür, que tiene como claro destinatario un público femenino, pone en riesgo la salud al promocionar un producto medicinal como estético. A su vez, consideraron que “ejerce violencia simbólica contra las mujeres ya que las imágenes y afirmaciones del anuncio construyen patrones estereotipados de la mujer”.

Es que, según la normativa vigente, los anuncios publicitarios no deben utilizar la extrema delgadez como símbolo de salud y/o belleza. Como complemento, la ley de Prevención y Control de Trastornos Alimentarios prohíbe la difusión en medios de comunicación de dietas o métodos para adelgazar que no conlleven el aval de un médico o nutricionista. 

Por último, el producto incluye la denominación “natural” cuando no hay característica alguna en la composición del producto que indique un origen de ese tipo. La empresa fue notificada el 15 de julio y, desde ese momento, corre el plazo de diez días hábiles para presentar un recurso administrativo contra esa multa y efectuar el pago.

Cómo actúa la secretaría
Desde el inicio de la gestión, la titular de la cartera, Paula Español, introdujo a la gestión políticas en clave feminista a partir de diversas y reiteradas imputaciones a empresas por incumplir el trato digno o restringir el acceso al consumo por cuestiones de género u orientación sexual. 

Una de las más conocidas fue la imputación a la empresa que comercializaba Nu Skin, una máquina para limpiarse la cara que promocionaron influencers en redes sociales. A esa marca se la acusó de “utilizar patrones estereotipados de belleza para la promoción de sus productos que asimilan la salud con la estética”. 

También, cuenta con un equipo de abogados y abogadas que se encarga especialmente de tomar aquellos reclamos de consumidoras y consumidores vulnerables y brindarle un tratamiento prioritario. Además, Junto con el Ministerio de Mujeres, Géneros y Diversidad desarrollaron la guía de Buenas Prácticas Comerciales en Cuestiones de Géneros y Diversidades que brinda herramientas para que las empresas adopten la perspectiva de género en sus procedimientos comerciales. 

“Surge a partir de la necesidad de abordar la doble desigualdad que enfrentan las mujeres y diversidades en las relaciones de consumo, primero como consumidoras y además por su condición de género u orientación sexual”, explicaron desde Comercio.

 

Noticia original y completa en:

https://mundopoder.com/sancion-a-un-laboratorio-por-publicidad-sexista-y-debera-pagar-una-multa-de-4-millones/

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Noticias internacionales